REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Río Chico, 27 de septiembre de 2011.
201º Y 152º

Una vez visto todos y cada uno de los instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad número V-5.498.944, sobre unas bienechurias constituidas por un local Comercial, con un área de construcción de setenta y seis metros cuadrados con veintidós centímetros (76,22 Mt2), asentadas en un lote de Terreno Municipal, según consta de autorización emanada de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Páez, de fecha 31 de Mayo de 2011, ubicado en la Avenida Intercomunal Río Chico- San José, Parroquia Río Chico, Competencia Territorial del Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda, el cual esta registrado bajo el código catastral numero 15-14-01-U00-011-099-000-000-000-000, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada en el archivo de este Juzgado.- Cúmplase.---
EL JUEZ,


EMERSON LUIS MORO PEREZ



LA SECRETARIA,


MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.









ELMP/mapb/famc.-
Solicitud 2.011-192.-
MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE, Secretaria del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Río Chico, CERTIFICA, que la copia que antecede constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original la cual corre inserta al folio diez (10) de la solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD número 2.011-192, nomenclatura de este juzgado.- Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.- En Río Chico, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil once (2011).-------------------------------------------

LA SECRETARIA,


MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.





































MAPB/famc.-
Solicitud 2.011-192.-