REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PLAZA

º9


LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PLAZA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

EXPEDIENTE Nº 9178 (SOLICITUD).-
Mediante escrito presentado en fecha veinte (20) de septiembre del año dos mil once (2011), por la ciudadana: ERICKA DEL VALLE MONJES CARRILLO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portadora de la cédula de identidad No. V-13.319.680, asistida por la abogada en ejercicio CARMEN MALAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 160.541, solicito que se le declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus MARTIN AUGUSTO MONJES, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.-
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 11-07-2003, falleció en guíeme, Calle Principal, casa Nº 5, Guarenas, del Estado Miranda, el ciudadano: MARTIN AUGUSTO MONJES.
2º) Acompañan a la solicitud los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCIÓN del De Cujus MARTIN AUGUSTO MONJES, PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana: ERICKA DEL VALLE MONJES CARRILLO.
El Tribunal mediante auto de fecha veinte (20) de septiembre de dos mil once (2011), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos que oportunamente presentare la parte solicitante.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR




PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha veintidós (22) de septiembre del año dos mil once (2011), se oyeron las deposiciones de los ciudadanos: JULIO DAMIAN SAMBRANO, YOSMER JOSE RODRIGUEZ y IRIS MARLENE MONAGAS CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad N° V-2.081.559, V-14.868.019 y V-9.962.524, respectivamente, quienes afirmaron que conocen a la solicitante, conocieron al De Cujus y le consta que la solicitante es la única y universal heredera. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCIÓN del De Cujus MARTIN AUGUSTO MONJES, PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana: ERICKA DEL VALLE MONJES CARRILLO, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento del De Cujus MARTIN AUGUSTO MONJES y de la filiación existente entre el de Cujus y la ciudadana: ERICKA DEL VALLE MONJES CARRILLO, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem y en concordancia con el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECLARA
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus MARTIN AUGUSTO MONJES de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana ERICKA DEL VALLE MONJES CARRILLO -



PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos de este Tribunal, en Guarenas, veintitrés (23) de septiembre de dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
EL JUEZ,

Abg. WILMER HERNANDEZ OROPEZA
EL SECRETARIO ACC.

Abg. RICHARD APICELLA HERNANDEZ
En fecha 23/09/2011, siendo las 09:30 AM., se publicó la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO ACC.

Abg. RICHARD APICELLA HERNANDEZ

EXPEDIENTE N° 9178-
WHO/RAH/dennys.-