REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO



En el día de hoy, lunes veintinueve de septiembre de dos mil once, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogado en ejercicio MARYSABEL MARTÍNEZ CAMARGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 143.719 quien actúa con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana GLADYS TERESA AGUILAR PÉREZ, titular de la C.I. N° V-5.989.975; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Local Comercial signado con el N° 15 del Mini Centro Las Cabañas, ubicado en la calle 10 con carrera 8 de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en las practica de la medidas de ENTREGA DE INMUEBLE Y EMBARGO EJECUTIVO decretadas en el JUICIO que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se sigue contra SANDRA MARIBEL VALERA DE VIELMA, en el expediente N° 13.1111 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439; Agte ENGELBERT HERNAN CÁRDENAS CHACÓN, placa 4208 y Agte LUIS ORLANDO CUEVAS ESCALANTE, placa 4139 éstos dos últimos adscritos a la Brigada de Orden Público (BOP). Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, dejando constancia que dicho local se encuentra totalmente desocupado y libre de personas. En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se abstenga de la practica de la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Comitente, en virtud de que en este lugar no existen bienes propiedad de la parte demandada, para lo cual solicito a este Tribunal se fije una nueva oportunidad para llevar a efecto dicha ejecución, es todo”. Seguidamente, el Tribunal procede hacer entrega del Local Comercial a la abogada MARYSABEL MARTÍNEZ CAMARGO, ya identificada, libre de personas y cosas, quien lo recibe conforme; y de conformidad con lo solicitado por la ejecutante este Tribunal acuerda Abstener de la practica de la medida de Embargo Ejecutivo y fijar día y hora por auto separado a los fines de llevar a efecto la misma. El Tribunal deja constancia que en este acto se encuentra presente la ciudadana STELLA ARCILA ZAPATA, titular de la C.I. N° V-23.170.672 pasante de la Universidad Bolivariana de Venezuela, en virtud del Convenio celebrado entre la referida Universidad y el Poder Judicial del Estado Táchira. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:00 a. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ


LA PARTE ACTORA,


ABG. MARYSABEL MARTÍNEZ CAMARGO

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,


CHARLES VICTOR MORA DÍAZ


ENGELBERT HERNAN CÁRDENAS CHACÓN


LUIS ORLANDO CUEVAS ESCALANTE

LA PASANTE DE LA UBV,


STELLA ARCILA ZAPATA

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO