REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRION Y BUROZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Higuerote, 12 de abril de 2012
201º y 153º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la autorización, de fecha 3 de febrero de 2012, expedida por el Síndico Procurador del Municipio Brión y las evacuaciones testimoniales de los ciudadanos: MARÍA ANYELA FRÍAS ZAMORA y OMAR ALEJANDRO OBREGON FLORES, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, ambos de estado civil soltero, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.291.475 y V-17.452.330, respectivamente, domiciliados ambos en el sector Maturín, calle San Andrés, casas S/N, parroquia Tacarigua, Municipio Brión del estado Miranda; este Tribunal sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/3/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 2/4/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana EDITH JOSEFINA OCHOA DE AVILA, suficientemente identificada en autos, sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, ubicado en la calle San Andrés, sector Maturín, parroquia Tacarigua, Municipio Brión del estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO


WILIEM ASSKOUL SAAB
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES

En esta misma fecha se devuelven originales con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES


Sol. N° S-2015
WAS/gm/lr.-