REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 12 de abril del año dos mil doce (2012)
201º y 153º

Visto el contenido de las actuaciones que anteceden, especialmente el original de la comunicación emanada de la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, Sindicatura Municipal, signada bajo el Nro. 0150, fechada 12 de marzo de 2012, inserta en el folio 02 del presente expediente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como de la Resolución N° 2009-0006, fechada 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, en fecha 02 de Abril de 2009, DECLARA dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana BELSAIR ZILOIDE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad nro. V-10.280.159, sobre unas bienechurias que se encuentran entabladas en terreno perteneciente al Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, ubicado en Palo Alto, sector Los Eucaliptos, casa s/n, Los Teques, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las actuaciones que conforman el presente expediente, constante de 09 folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. LESBIA MONCADA de PICCA.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones originales.

LA SECRETARIA,


THA/LMdeP/Deivyd
Exp. Nº 20121281