JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 27 de abril de 2012.
202° y 153°
Visto el ACUERDO CONCILIATORIO espontáneo, realizado en acta de fecha 24/04/2012, entre los ciudadanos: JENNY BELEN CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.348.507, domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira y JOSÉ TEOFILO PEÑA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.360.334 domiciliado en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de los hermanos … por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Asimismo, se acuerda librar oficio a la Comandancia General de Policía del Estado Barinas, Departamento de Administración, a fin de que depositen las mensualidades atrasadas, según información suministrada por la madre. Líbrese oficio.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA C.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) __________ quedó registrada bajo el Nº ______, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal y oficio N° 3140-______ al patrono.
Abg. Maurima Molina / Secretaria
Exp. Nº 1001/2004
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.
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