REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

Años 201° y 153°

SUNTO Nº SP01-L-2012-000242


PARTE DEMANDANTE: DEXY ROJAS DELGADO, identificada con la cédula Nro.V-10.190.475

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: SANDRA MILENA GIRON CAMPILLO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.129.646.

PARTE DEMANDADA: SANDRA JIOVANNA SAAVEDRA, identificada con la cédula Nro.V-23.815.303.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ADRIANA PATRICIA LINARES RIOS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.132.782

MOTIVO: Indemnización por accidente Laboral y Prestaciones Sociales.

En el día de hoy, 20 de abril de 2012, a las 11:15 de la mañana, se hizo presente en la sede del Tribunal la parte actora, ciudadana DEXY ROJAS DELGADO, identificada con la cédula Nro.V-10.190.475, asistida por la abogada SANDRA MILENA GIRON CAMPILLO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.129.646 y por la parte demandada se hizo presente la ciudadana SANDRA JIOVANNA SAAVEDRA, identificada con la cédula Nro.V-23.815.303, asistida por la abogada ADRIANA PATRICIA LINARES RIOS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.132.782, quienes expusieron: Solicitamos al Tribunal se adelante la audiencia preliminar, a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos, para lo cual renunciamos al lapso de los 10 días establecidos en el auto de admisión para la celebración de la misma. El Tribunal por cuanto el pedimento es conforme a los principios de acceso a la justicia, brevedad sencillez y concentración que informan el proceso laboral, acuerda de conformidad con los solicitado y acto seguido apertura la misma: En este estado la parte patronal ofrece a la parte actora la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (BS.55.000,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.-) Bs.30.000,oo en este acto mediante cheque Nro.91723615 de la cuenta corriente Nro.0114043161 4310043104 contra el Banco Caribe 2.- La suma de Bs.5.000,oo para el 02/05/2012, 3.-) La suma de Bs.5.000.oo para el día 02/06/2012, 4.- La suma de Bs.5.000,oo para el día 02/07/2012, 5.-) La suma de Bs.5.000,oo para el día 02/08/2012 y 6.-) Bs.5.000,oo para el día 02/09/2012, todos en la sede del Tribunal a las 10:00 de la mañana. Por su lado la parte demandante acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente procedimiento. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena expedír copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Demandante, La Parte Demandada,


El Secretario,