REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 17 de abril de 2012
201° y 153°

Causa N° 4C8100/11
JUEZ: Dra. NANCY MARINA BASTIDAS
SECRETARIA: ABG. LUZ ESTELA MOLINA SULBARÁN
FISCAL: Abg. VALENTINA ZABALA,/ DEFENSA: ABG. NANCY RODRÍGUEZ MÉNDEZ/ IMPUTADO: LEONEL JOSÉ VARGAS MAIZO Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
, titular de la cédula de identidad N° 19.764.093.
, Defensora Pública Penal del Estado Miranda.

Visto el escrito presentado por el ciudadano LEONEL JOSÉ VARGAS MAIZO, titular de la cédula de identidad N° 19.764.093, imputado en la causa signada con el N° 4C8100/11, mediante el cual solicita el cese de sus presentaciones.
Este Tribunal antes de decidir previamente observa:
El artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal expresa:

“Siempre que lo supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad puedan ser razonablemente satisfechos con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado, el Tribunal competente, de oficio o a solicitud del Ministerio Público o del imputado, deberá imponerle en su lugar, mediante resolución motivada, algunas de las medidas siguientes…”.

En el presente caso podemos observar que desde el 29/03/2011 el imputado de autos ha cumplido con la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 256 ordinal 3° la cual se refiere a la presentación periódica ante el Tribunal por un lapso de seis (06) meses, hasta la presente fecha ha transcurrido más del tiempo establecido y el ciudadano LEONEL JOSÉ VARGAS MAIZO ha cumplido cabalmente con dicha medida, como se desprende de reporte de presentaciones.

En consecuencia, este Tribunal por ser procedente y ajustado a derecho DECRETA EL CESE DE LAS PRESENTACIONES y a tal efecto ordena librar oficio al Coordinador Judicial del Estado Miranda, a fin de que sea excluido del sistema automatizado de presentaciones.

DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el ciudadano LEONEL JOSÉ VARGAS MAIZO, titular de la cédula de identidad N° 19.764.093 y en consecuencia ORDENA EL CESE DE LAS PRESENTACIONES DEL REFERIDO CIUDADANO, en virtud de que ha transcurrido más del tiempo establecido para su cumplimiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
La Juez

Dra. NANCY MARINA BASTIDAS
La Secretaria


Abg. LUZ ESTELA MOLINA SULBARÁN


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario


Abg. LUZ ESTELA MOLINA SULBARÁN






Causa N° 4C-8100-11
NMB/LEMS/angela.-