REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE JUICIO DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, 27 de abril de 2012
201° y 153°
CAUSA No. 1JM-298-11
JUEZ: EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
SECRETARIA: MAIGUALIDA SALAS
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
ACUSADO: OMITIDO
DEFENSA PRIVADA: Abgs. ADRIANA RODRÍGUEZ PIMENTEL y CATRINE KARAM DIB, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 32.732 y 71.696, respectivamente.
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA y MOTIVOS FÚTILES O INNOBLES EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, en relación con lo establecido en el artículo 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de WASHINGTON RAFAEL JARAMILLO LIZCANO; y LESIONES GRAVES EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en relación con lo establecido en el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos ELERY DAVID MÉNDEZ VERENZUELA y VARGAS ALEXIS ALEXANDER.
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de primera instancia en función de Juicio, No. 01, sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 70 numeral 1, 73, 75 y 77, todos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados por remisión expresa de lo establecido en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, y tomando en consideración los preceptos jurisprudenciales de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, se DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa, seguida al joven adulto OMITIDO, en el Tribunal de Primera Instancia Ordinario, en Función de Juicio No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques. En consecuencia se ordena la remisión total de las presentes actuaciones. SEGUNDO: Se deja sin efecto el acto de juicio fijado por este Juzgado para el día 03 de mayo del presente año.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese a las partes, y remítase en su oportunidad legal la presente causa en su totalidad al Tribunal de Primera Instancia Ordinario, en Función de Juicio No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques.
LA JUEZ
EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. MAIGUALIDA SALAS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente pronunciamiento,
LA SECRETARIA
Abg. MAIGUALIDA SALAS
ECV/Ecv
Causa 1JM-298/11
Declinatoria de competencia
27-04-2012. Sin enmiendas