REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en Funciones de Quinto (5°) de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: DECRETA EL OTORGAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD, conforme a lo previsto en el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor d los imputados CARLOS ALEXANDER HERNÁNDEZ MORALES, titular de la Cédula de Identidad No. V-20.093.694, natural de Ocumare del Tuy, nacido en fecha 20-02-1989, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Sector Las Brisas, Zona 5, Calle Principal, Casa Sin Numero, a seis casas del Bar de Miryam, Estado Miranda, Telèfono: 0426-1193552; LENY JOSÉ NARVALES FRONTADO, Indocumentado, natural de Cumanà Estado Sucre, nacido en fecha 30-12-1977, de 34 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Mecànico, residenciado en el Sector Las Brisas, Zona 5, Calle Principal, Casa Sin Numero, al lado de la Licorerìa Los Negros, Estado Bolivariano de Miranda, JAIRO DAVID MACERO BALAGUERA, titular de la Cédula de Identidad No. V-22.694.220, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 20-11-1992, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Sector Las Brisas, Zona 5, Calle 2 de Las Palmas, Casa Sin Nùmero, a cuatro casas de la Panaderìa, Estado Bolivariano de Miranda; KENI GERÓNIMO MARTÍNEZ MORALES, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.222.731, natural de Ocumare del Tuy, nacido en fecha 12-07-1979, de 33 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Latonero, residenciado en el Sector Las Brisas, Zona 5, Calle Principal, Parte Alta, Casa Sin Número, a ocho casas de la Bodega de Luis José, Teléfono: 0239-6116209; y WUELFRED JOSÉ MARTÍNEZ MORALES titular de la Cédula de Identidad No. V-22.694.384, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 03-08-1992, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en el Sector Las Brisas, Zona 5, Calle Principal, Parte Alta, Casa Sin Numero, a cuatro de la Bodega de Luis José; por la presunta comisión de delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; de conformidad a lo establecido en el artículos 7.5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 2,3,7,19, 44, 257 y 259 de nuestra constitución, así como el contenido de los artículos 8, 9 y 13 de la ley adjetiva penal vigente; al haberse producido una variación razonable en la circunstancias que motivaron la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por cuanto no existe la permanencia del presupuesto de ley, contenido en el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal. LÍBRESE LAS CORRESPONDIENTES BOLETAS DE EXCARCELACIÓN.
Publíquese, diaricese, libérese el respectivo oficio y notifíquese a las partes de la presente decisión.
LA JUEZ DE CONTROL

ABG. INDIRA LIBERTAD ROMERO MORA
EL SECRETARIO

ABG. NEIL ESCOBAR