REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA,
CON SEDE EN CHARALLAVE


Nº DE EXPEDIENTE: 3.178-11


PARTE ACTORA: ALEXIS JOSE CAMPOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 7.400.285.

ABOGADA ASISTENTE
DE LA PARTE ACTORA: YARELLI DEL CARMEN MENDOZA DE CADENAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 143.044.


PARTE DEMANDADA:
ATIMECA, C.A.



MOTIVO:
CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REEGANCHE y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.


Por cuanto, se evidencia que en fecha diecisiete (17) de Marzo de 2011, fue recibida la solicitud por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, realizada por el ciudadano ALEXIS JOSE CAMPOS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 7.400.285, parte demandante en el presente procedimiento, cuya causa se sigue bajo el número 3.178-11, (nomenclatura de este Juzgado).

- En fecha veintiuno (21) de Marzo de 2011, comparece ante este Juzgado el ciudadano ALEXIS JOSE CAMPOS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 7.400.285, parte demandante en el presente procedimiento, debidamente asistido por la Abogada YARELLI DEL CARMEN MENDOZA DE CADENAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 143.044, mediante el cual amplia la solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS.

- En fecha veintidós (22) de Marzo de 2011, este Juzgado procede a admitir la presente demanda, a los fines de notificar a la parte accionada sociedad mercantil “ATIMECA, C.A.”

- En fecha diez (10) de Junio de 2011, comparece por ante la sede de este Juzgado el ciudadano JOSE ANTONIO SOJO QUIARO, Alguacil adscrito a este Juzgado mediante consigna en original tres (03) ejemplares de cartel de notificación dirigidos a la parte accionada sociedad mercantil “ATIMECA, C.A.”, toda vez que la ciudadana Abogada KELLY SANCHEZ, tomo posesión del cargo como Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave y los carteles anteriormente identificados estaban firmados por el antiguo Juez que presidía este despacho Abogado RAUL SANTANA BERTI

- En fecha diez (10) de Junio de 2011, comparece por ante la sede de este Juzgado el ciudadano JOSE ANTONIO SOJO QUIARO, Alguacil adscrito a este Juzgado mediante consigna en original tres (03) ejemplares de cartel de notificación dirigidos a la parte accionada sociedad mercantil “ATIMECA, C.A.”, toda vez que la ciudadana Abogada KELLY SANCHEZ, tomo posesión del cargo como Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave y los carteles anteriormente identificados estaban firmados por el antiguo Juez que presidía este despacho Abogado RAUL SANTANA BERTI

- En fecha catorce (14) de Junio de 2011, este Tribunal emite auto dejando constancia que en fecha seis (06) de Mayo del 2011, la ciudadana KELLY SANCHEZ, fue designada por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, como Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave; y en virtud de la aceptación al cargo designado y habiendo prestado juramento ante la ciudadana Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veinticinco (25) de Mayo de 2011; en tal sentido se ABOCO al conocimiento de la presente causa, a los fines de su prosecución, ordenando la notificación de las partes.

- En fecha veintinueve (29) de Junio de 2011, el ciudadano JOSE ANTONIO SOJO, Alguacil adscrito a este Juzgado consigno cartel de notificación dirigido a la parte demandada sociedad mercantil “ATIMECA, C.A.”, mediante la cual deja constancia que practico la notificación ordenada.

- En fecha diez (10) de Agosto de 2011, comparece el Alguacil de esta Circunscripción Judicial laboral de los Valles del Tuy, a los fines de consignar SIN EFECTOS DE FIRMAS los carteles de notificación emitidos por este Juzgado en fecha 14/06/2011, dirigidos a la parte actora ciudadano ALEXIS JOSE CAMPOS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 7.400.285, debido que al entrevistarse con residentes del lugar le indicaron no conocer al ciudadano supra mencionado.

Ahora bien, por cuanto no consta en el expediente que la parte actora haya dado impulso procesal a la demanda por lo que a juicio de esta sentenciadora la conducta de la actora se subsume el supuesto de hecho contenido en la norma del artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo referente a la extinción de la relación procesal, denominada “PERENCIÓN”, siendo un modo de extinguir la instancia cuando se produce el transcurso de un lapso mayor de un (01) año sin que las partes realizaran ningún tipo o acto de actividad procesal, para obtener su pretensión constituyendo ésta inactividad la base para que el legislador establezca una forma o modo de dejar sin efecto el proceso con todas sus consecuencias. En este caso para la fecha del fallo que se dicta en éste procedimiento ha transcurrido más de un (01) año sin que se observe actuación alguna.

En consecuencia y a tenor del contenido de la norma del artículo 202 eiusdem se considera que en la presente causa opera plenamente la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se establece.

DISPOSITIVO

En base a todas las consideraciones y razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.

Asimismo se le advierte a la parte accionante que podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la Ciudad de Charallave, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la presente fecha, a los fines de que conozca de dicha apelación el Tribunal Superior del Trabajo.

No hay condenatoria en costas vista la naturaleza del presente fallo.

Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el Archivo del Tribunal.

SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE LA PRESENTE DECISIÓN EN LA PAGINA WEB DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN EL SITE DENOMINADO REGIÓN MIRANDA.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave.

Charallave, a los trece (13) días del mes de Agosto de dos mil doce (2012).




Abg. KELLY SANCHEZ ACEVEDO
LA JUEZ



Abg. ROGER IGOR MOTA ESCALONA
EL SECRETARIO





Nota: En esta misma fecha, siendo las tres (3:00 p.m), de la tarde se dictó y público la anterior decisión.





Abg. ROGER IGOR MOTA ESCALONA
EL SECRETARIO


KSA/RM/Jcg
Exp. N° 3.178-11
Pieza N° I