REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
Ocumare del Tuy, 31 de Agosto del 2012
202º y 153º
AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN EXP. N° L- 1853/12
EL JUEZ DEL TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LANDER: Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS.
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: Dra. ZULAY GOMEZ. (FISCAL DECIMO SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO).
ADOLESCENTE INVESTIGADOS: adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS
DEFENSOR PUBLICO: Abg., DAYANA DA MOTA.-
VICTIMA: LA COLECTIVIAD.-
SECRETARIA., Abg., NAYLETH SARAHI GARCIA BELISARIO.
En el día de hoy, Viernes Treinta y uno (31) de Agosto del 2.012, siendo las 01:30 PM., con el fin de que tenga Lugar la Audiencia de la Presentación de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, titular de la Cedula de Identidad No. V-22.779.278, 22.778.748, 22.779.223, Preside este acto el Juez del Municipio Lander Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS, quien solicita a la ciudadana Secretaria Abg., NAYLETH SARAHI GARCIA BELISARIO, verifique la presencia de las partes en la sala de Audiencia del Tribunal. Se deja constancia que se encuentran presentes, el Fiscal 17º del Ministerio Público, Dra. ZULAY GOMEZ, La Defensora Público Abg., DAYANA DA MOTA, los Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad Venezolano, de 17 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de camión, domiciliado Cúa vieja, sector Los Samanes uno, casa N° 35, titular de la Cédula de Identidad N° V-OMITIDA, deja expresa constancia que se encuentra presente en este acto el Representante Legal del adolescente arriba mencionado, ciudadana Emelyclen Palacios Marin, Cédula N° V-12.300.837, IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, residenciado en Cúa Viejo, sector Los Samanes dos, casa sin numero, de profesión u oficio ayudante de albañilería, titular de la cedula de identidad N° V- 22.778.748, deja expresa constancia que se encuentra presente en este acto el Representante Legal del adolescente arriba mencionado, ciudadana MIGDALIA GONZALEZ ARTEAGA, Cédula N° V-11.834.463 YIDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, residenciado en Cúa viejo, sector uno, vereda tres (3) casa sin numero, de profesión u oficio ayudante de camión (caletero), titular de la cedula de identidad N° V_ 22.779.223,.- deja expresa constancia que se encuentra presente en este acto el Representante Legal del adolescente arriba mencionado, ciudadana MARBI YARIANI BETANCOURT BUSTAMANTE, Cédula N° V-13.219.725 Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público, Dra ZULAY GOMEZ, quien expuso: “De conformidad a lo establecido en el artículo 44.1 Constitucional y 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y del Adolescente, procedo en este acto a la presentación de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, en virtud de que fueron aprehendidos el dia 30/08/12, a las 04:15 pm de la tarde, en virtud de llamada telefonica de los habitantes del sector de Cua Vieja, Municipio Rafael Urdaneta, quien no dieron ninguna identificación alguna, dicha información correspondía a la siguiente dirección, por la orilla del río, en la parte boscosa, detrás de la ultima casa, cerca de la cancha deportiva, del ,mencionado sector, se encontraban los integrantes de la banda del Vampi y el Alex, quienes mantienen azotada a dicha comunidad, el cual se procedió a rodear la dirección citada, y para el momento de ser visualizada por la comisión de los mismos estaban en posición de cunclillas presuntamente consumiendo sustancias estupefacientes y psicotrópicas, inmediatamente le dieron la voz de alto identificándose como Guardia Nacional, los mismos hicieron caso omiso, tres (03) de ellos saltaron hacia el río, de los cuales uno (01) de ellos acciono un arma de fuego mientras huían, cuatro (04) se capturaron en el sitio, quienes vestían: 1-) chemis color azul, short de color azul verde, amarillo y gris, y cholas de color negro quien quedo identificado como: YONAIKER JOSE RONDON TARACHE, titular de la cedula de identidad N° V_ 13.390.031, de 22 años de edad, 2) franela blanca con rojo, short rojo, zapatos deportivos de color blanco con azul, gorra blanca de color azul con verde, amarillo, quien fue identificado como: IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cedula de identidad N° V- OMITIDA, de 17 años de edad, residenciado en Cúa viejo, sector uno, vereda tres (03) casa sin numero, de profesión u oficio ayudante de camión (Caletero), quien tenia en su poder un envoltorio de papel de color marrón tipo tabaco, contentivo de restos vegetales, de la presunta droga denominada marihuana.- 3) franelilla blanca, short de color gris, cholas negras con beige, quien fue identificado como: IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cedula de identidad N° V-OMITIDA, de 17 años de edad, residenciado en Cúa Vieja, sector Los Samanes dos, casa sin numero, de profesión u oficio ayudante de albañilería, quien tenia en su poder un envoltorio de papel de color marrón, tipo tabaco, contentivo de restos vegetales, de la presunta droga denominada marihuana, 4.) sin camisa, short color naranja, zapatos de color gris con blanco, quien quedo identificado como: IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cedula de identidad N° V_OMITIDA, de 17 años de edad, residenciado en Cua vieja, sector LoS Samanes uno (1), casa N° 35, de profesion u oficio Ayudante de acamion (Caletero), quien tenia en su poder un envoltorio de papel de color marrón, tipo tabaco contentivo de restos vegetales, de la presunta droga, denominada marihuana, al mismo tiempo que iniciaban la persecución de los fugados y aproximadamente cuatrocientos (400) metros por la orilla del río, se le dio captura aun ciudadano de contextura gruesa, de piel morena que para el momento vestía un pantalón azul y correa marrón y blanco, sin zapatos ni camisa, quien portaba un bolso pequeñote color negro con letras blancas y la palabra ADIDAS y en su interior contenía tres (03) envoltorios de regular tamaño, elaborados de papel, aluminio, contentivos de restos vegetales, de fuerte olor de la presunta droga denominada marihuana al ser pesada en la balanza electrónica marca TY-400, arrojo un peso aproximado de veintisiete (27) gramos, la cantidad de sesenta y cinco (65) billetes de una denominación de diez bolívares con los siguientes seriales: 1) S54113722, 2-) J58060463, 3) J78838966, 4) S70580428, 5) N18080605, y una cedula de identidad a nombre de CLAVIER JIMENEZ ELIEZER JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-20.913.002 y al interrogarlo que si el tenia conocimiento de la distribución de sustancias, psicotrópicas y estupefacientes que era un delito, contesto que si, pero que el lo hacia porque necesitaba dinero, igualmente manifestó que esa era su cedula identidad y que se encontraba bajo presentación ante el Circuito Judicial de los Valles del Tuy, por el delito de Porte Ilícito de Armas de Fuego, verificaron a los otros tres (03) ciudadanos por el SIPOL, el cual no arrojo ningún registro policial, posteriormente noticiaron al Dr. Yosmar Díaz, y a la Dra Zulia Gómez, Fiscal 17° del Ministerio Publico, esta representación fiscal precalifica los hechos como lo es el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, solicito la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a los fines de recabar las experticias ordenadas a practicar, e indagar mayores elementos en relación al hecho que se investiga, es por eso que se solicita la medida cautelar contenida en el Artículo 582 literales B y C de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que consiste en la presentación ante este Tribunal., solicito la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a los fines de recabar las experticias ordenadas a practicar, asimismo hago entrega al adolescente IDENTIDAD OMITIDN del oficio Nº 15F17- /12, de fecha 31/08/2012 , a la División de Toxicología Forense del CICPC, con sede en Bello Montes Caracas, para realizarle el examen toxicológico In Vivo., al adolescente IDENTIDAD OMITIDA del oficio Nº 15F17- /12, de fecha 31/08/2012 , a la División de Toxicología Forense del CICPC, con sede en Bello Montes Caracas, para realizarle el examen toxicológico Y al adolescente IDENTIDAD OMITIDA del oficio Nº 15F17- /12, de fecha 31/08/2012 , a la División de Toxicología Forense del CICPC, con sede en Bello Montes Caracas, para realizarle el examen toxicológico In Vivo, Es Todo.”.- Este Tribunal le cede la palabra al adolescente IDENTIDAD OMITIDN, plenamente identificado en autos, a quien se le impuso del artículo 49 numeral 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso: “
-Este Tribunal le cede la palabra al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, a quien se le impuso del artículo 49 numeral 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso:
Este Tribunal le cede la palabra al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, a quien se le impuso del artículo 49 numeral 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso:
Seguidamente el Tribunal le cede la palabra al Defensor Público, Abg., DAYANA DA MOTA, quien expuso: “ Es todo.” Oídas como fueron las partes, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y a los fines de dar cumplimiento a los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizar asimismo una titula Judicial efectiva, el debido proceso y el Interés Superior del Adolescente en sala, Decreta: PRIMERO: El Tribunal acoge la precalificación dada por el Ministerio Público en esta audiencia de los delitos de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos en el artículo 153 de la Ley de Drogas. Asimismo se ordena la continuación de la presente causa por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO. SEGUNDO: visto que los funcionarios policiales, no son expertos autorizados por el estado para la practica de calificar o pesar el contenido de la sustancia, presuntamente señalada como presunta droga, ya que requiere de actitudes y aptitudes propias que requieren un perito como tal y la utilización del peso, como señala el acta policial, así como balanza de precisión requerida por este donde tengan un conocimiento exacto de lo que esta haciendo o conocimiento científico, de tal modo como tal no podría valorar lo expuesto en el acta policial, considerando igualmente que lo alegado por la defensa tiene relevancia en cuanto a la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público, este Juzgador considera igualmente lo expuesto por el ciudadano Fiscal de continuar las investigaciones por el procedimiento ordinario y en cuanto a la medida cautelar considera este Juzgador que es apropiada en imponerle a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS., la medida cautelar contenida en el artículo 582 literales B y C., que consiste en la obligación de someterse al cuidado y vigilancia de sus representantes legales, Emelyclen Palacios Marín, Cédula N° V-12.300.837, MIGDALIA GONZALEZ ARTEAGA, Cédula N° V-11.834.463, MARBI YARIANI BETANCOURT BUSTAMANTE, Cédula N° V-13.219.72, y l a “c” presentaciones periódicas por ante el Juzgado del Municipio Urdaneta, cada OCHO (08) DÍAS, por un lapso de TRES (03) MESES, por lo que ordeno su libertad desde la sede de este Tribunal y la entrega a su representante legal antes mencionada. TERCERO: Quedan notificada las partes del presente pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. CUARTO: Este Tribunal ordena librar oficio al organismo aprehensor participando la presente decisión y oportunamente se remitirán las actuaciones al Tribunal arriba mencionado. Es Todo y siendo las 03:17 p.m., el Tribunal declara concluido el acto, Terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ.
Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS
LOS ADOLESCENTE.,
EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO.,
Dr., MANUEL ORANGEL BERNAL HERRERA
EL DEFENSOR PÚBLICO,
Abg., JOSÉ GREGORIO FERRER HERNÁNDEZ
EL REPRESENTANTE LEGAL.,
SERRANO ARAPE ANA DELIA
LA SECRETARIA.,
Abg., NAYLETH SARAHI GARCIA BELISARIO
EXP. L- 1853/12.
GFCV/yely
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