REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 09 de agosto de 2012
202° y 153°

Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana ASSUNTA RUSSO YADARESTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.957.628, actuando en representación de su hermano el ciudadano FRANCO RUSSO YADARESTA, venezolano, mayor edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 6.436.256, debidamente asistida por el abogado Miguel Coto Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.970; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ASSUNTA RUSSO YADARESTA y FRANCO RUSSO YADARESTA, antes identificados; en su carácter de causahabientes del ciudadano GENNARO RUSSO MORGINO, quien en vida era de nacionalidad venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.953.783, quien falleció en fecha 16 de febrero de 2012, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 147, emitida por el Registro Civil del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR,

EL SECRETARIO,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,


Expediente N°: S-2012-172
LCH / mmi