REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO












REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 07 de agosto de 2012
202° y 153°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por los ciudadanos JOSÉ ELIAS VELIZ CORTEZ, IVAN JOSÉ VELIZ RIVAS, MANUEL RAFAEL VELIZ RIVAS, OMAR JOSÉ VELIZ RIVAS, ALBERTO ALEJANDRO VELIZ RIVAS, ANTONIO JOSÉ VELIZ RIVAS, HENRY ELIAS VELIZ RIVAS y LILIAN ELENA VELIZ RIVAS, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada de su sobrina, ciudadana AILEEN MARIANA SILVA VELIZ en representación de su madre, la causante FLOR JOSEFINA VELIZ DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-28.710, VV-2.987.434, V-4.348.393, V-627.324, V-4.973.821, V-6.096.068, V-6.096.085, V-4.348.394 y V-19.650.134, respectivamente y de este domicilio, asistido por el abogado IVAN WLADIMIR APONTE SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.257, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos JUAN DE DIOS CARMONA SUCRE y JUVENAL VELASCO CACERES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.895.089 y V-6.049.731, respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos JOSÉ ELIAS VELIZ CORTEZ, IVAN JOSÉ VELIZ RIVAS, MANUEL RAFAEL VELIZ RIVAS, OMAR JOSÉ VELIZ RIVAS, ALBERTO ALEJANDRO VELIZ RIVAS, ANTONIO JOSÉ VELIZ RIVAS, HENRY ELIAS VELIZ RIVAS, LILIAN ELENA VELIZ RIVAS y AILEEN MARIANA SILVA VELIZ en representación de su madre, la causante FLOR JOSEFINA VELIZ DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-28.710, VV-2.987.434, V-4.348.393, V-627.324, V-4.973.821, V-6.096.068, V-6.096.085, V-4.348.394 y V-19.650.134, respectivamente y de este domicilio, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana LEOPOLDINA RIVAS DE VELIZ, quien falleció en fecha 13 de enero de 2008, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

EL SECRETARIO TITULAR


ABG. ARNELL CORASPE QUIJADA


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO TITULAR


ABG. ARNELL QUIJADA CORASPE
S.- N° 2241/2012
JVA/aq/jn.-