REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 09 de agosto de 2012
202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por el ciudadano JESUS MANUEL QUINTANA CAMEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.461.223 y de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos DORIS DEL CARMEN QUINTANA CAMEJO, JOSÉ GREGORIO QUINTANA CAMEJO, MARÍA YASMIN QUINTANA CAMEJO y MAGALY JOSEFINA QUINTANA CAMEJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.461.951, V-8.681.483, V-6.876.109 y V-8.681.482, respectivamente y de este domicilio, asistido por la abogada SANDRA AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.057, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos DOUGLAS YUVERME DELGADO PEREZ y FRANKLIN ALEXANDER DELGADO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.680.281 y V-8.680.108, respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos JESUS MANUEL QUINTANA CAMEJO, DORIS DEL CARMEN QUINTANA CAMEJO, JOSÉ GREGORIO QUINTANA CAMEJO, MARÍA YASMIN QUINTANA CAMEJO y MAGALY JOSEFINA QUINTANA CAMEJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.461.223, V-6.461.951, V-8.681.483, V-6.876.109 y V-8.681.482, respectivamente y de este domicilio, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana IGNACIA ANCENA CAMEJO DE QUINTANA, quien falleció en fecha 21 de octubre de 2011, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO TITULAR
ABG. ARNELL CORASPE QUIJADA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO TITULAR
ABG. ARNELL QUIJADA CORASPE
S.- N° 2239/2012
JVA/aq/jn.-