REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, viernes tres (03) de Agosto de dos mil doce.-
202º y 153º
EXP. N° 3.435.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Parte Demandante: BERTHA XIOMARA ANGARITA HERRERA, venezolana, titular de la cédula de ciudadanía Nº V-22.636.715, mayor de edad y hábil, domiciliada en el Barrio El Paraíso, calle principal, casa N° 7-116, dos cuadras antes de la Escuela El Paraíso, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira. Actuando en nombre y representación de sus hijos MEIBY ESPERANZA Y JAIRO JAVIER.
Parte Demandada: GUILAR CAMACHO, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.186.378, quien puede ser ubicado en la calle 4, frente a la Plaza Bolivar de Colon, Municipio Ayacucho del Estado Táchira.
Motivo de la causa: Solicitud de la Obligación de Manutención.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
DE LA DEMANDA
En fecha 25 de Julio de 2012, comparecieron previa notificación a este Juzgado los ciudadanos BERTHA XIOMARA ANGARITA HERRERA y GUILAR CAMACHO, y celebraron un CONVENIMIENTO el cual textualmente dice lo siguiente: “Siendo las diez de la mañana del día de hoy, miércoles veinticinco (25) de Julio de dos mil doce, comparecieron Previa Notificación por ante este Tribunal, los ciudadanos BERTHA XIOMARA ANGARITA HERRERA y GUILAR CAMACHO, para que se lleve a efecto la conciliación por SOLICITUD DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. El Juez procedió a imponerlos del contenido de algunos de los artículos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de la responsabilidades que ambos padres tienen frente a sus hijos. Hecho lo cual en presencia del ciudadano Juez expusieron sus argumentos y llegaron al siguiente Convenimiento: PRIMERO: El ciudadano GUILAR CAMACHO, propone hacerse cargo de su hija, MEIBY ESPERANZA, en todo lo referente a la Obligación de Manutención, gastos extraordinarios, estrenos en la época de diciembre, gastos médicos, gastos escolares, y demás. SEGUNDO: La ciudadana BERTHA XIOMARA ANGARITA HERRERA, se compromete hacerse cargo de su hijo menor JAIRO JAVIER, en todo lo referente a la Obligación de Manutención, gastos extraordinarios, estrenos en la época de diciembre, gastos médicos, gastos escolares, y demás. CUARTO: Ambas partes solicitaron al Tribunal que se homologara el presente CONVENIMIENTO y se cumplieran las demás disposiciones legales. Terminado los puntos del presente Convenimiento, se le dio lectura del acta a las partes, quienes estando conformes firman.
. En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO expresado por las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes. Asimismo, este juzgado acuerda: Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal.
El Juez Provisorio
Abg. Ángel Alberto Otero Eslava
La Secretaria,
Abg. Thais K. González S.
AAOE/TKGS/ec.-
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