REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

Años 202° y 153°

ASUNTO Nº SP01-L-2010-000572

PARTE DEMANDANTE: MARIA TERESA BONILLA DE CHACON, identificada, con la cédula Nro. V-9.221.298

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: RICHARD HERNANDEZ inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro 98.326

PARTE DEMANDADA: MARIA GARCIA GUERRERO identificada con la cédula Nro.14.502.466

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MOISES SAYAGO PULIDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.136.791

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día de hoy, (14) de agosto de 2012, a las 8:30 de la mañana, se hizo presente la parte demandante, ciudadana MARIA TERESA BONILLA DE CHACON, identificada, con la cédula Nro. V-9.221.298, asistida por el abogado RICHARD HERNANDEZ inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro 98.326 asimismo se hizo presente la parte demandada ciudadana MARIA GARCIA GUERRERO identificada con la cédula Nro.14.502.466, asistida por el abogado MOISES SAYAGO PULIDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.136.791 los cuales expusieron: Solicitamos al Tribunal se adelante la audiencia preliminar, a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos, para lo cual renunciamos al lapso de los 10 días establecidos en el auto de admisión para la celebración de la misma. El Tribunal por cuanto el pedimento es conforme a los principios de acceso a la justicia, brevedad sencillez y concentración que informan el proceso laboral, acuerda de conformidad con lo solicitado y acto seguido apertura la misma: En este estado la parte patronal ofrece a la extrabajadora la suma de CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y UN CENTIMOS (Bs.5.455,51) pagaderos en este acto con dinero en efectivo. Por su lado la parte actora acepta la propuesta y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto de la presente demanda. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena expedír copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Demandante, La Parte Demandada,

El Secretario,