JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CUA, CUATRO (04) DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE (2012).
202º y 153°
Vistas las actuaciones que anteceden, referidas a la solicitud realizada por la ciudadana MARTA CECILIA PRATO DE SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.009.674, por el Abogado en ejercicio Jairo Contreras Torres, inscrito en el IPSA bajo el N° 163.560, para que este Tribunal los declare como única y universal heredera de la causante MARIA DEL ROSARIO PRATO, al respecto se observa:
De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por las ciudadanas: Rosario del Carmen Bravo Chirinos y Endy del Valle Peinado Torres, venezolanos mayores de edad, y titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.791.870 y V-18.540.380, respectivamente, las mismas son contestes al afirmar que la solicitante es la única heredera de la de Cujus MARIA DEL ROSARIO PRATO, y por cuanto no ha habido oposición alguna al respecto, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a las atribuciones conferidas mediante la Resolución N° 2009-006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial N° 39.152, y en virtud a lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos MARTA CECILIA PRATO DE SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6. 009.674, en su condición de causahabiente (Hija), se considera ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la causante que en vida respondiera al nombre de MARIA DEL ROSARIO PRATO, venezolana y quien fuera titular de la cédula de identidad N° V-5.421.138, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual fue redactada por el Abogado en ejercicio Jairo Contreras Torres, inscrito en el IPSA bajo el N° 163.560. Déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal.
Cúmplase.
La Juez,
Dra. Josefina Gutiérrez.
La Secretaria,
Abg. Llasmil Colmenares
En esta misma fecha se le dio cumplimiento al auto que antecede y se le hizo entrega a la solicitante de las presentes actuaciones.
La Secretaria,
Abg. Llasmil Colmenares
JG/LLC/Bet.-
UUH-2294-12.-
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