REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 12 de diciembre de 2012

202° y 153°




Vistas la solicitud y documentación presentadas por la abogada Cruz Marina Escalante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.122.814 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.976, actuando en su carácter de apoderada judicial del solicitante, ciudadano JOSÉ LUIS TRICERRI PIRRONE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casado, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad NRO 4.056.456, tal como consta en poder que le fuera conferido ante la Notaría Pública Vigésima del Municipio Libertador del Distrito Capital, quedando autenticado bajo el Nº 37, Tomo 18 de los libros llevados por dicha Notaría; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSÉ LUIS TRICERRI PIRRONE, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una casa destinada a vivienda con un área total de construcción de aproximadamente TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (376,53 Mtrs2) que consta de tres (3) niveles distribuidos de la siguiente manera: Nivel Sótano con un área de construcción de aproximadamente ciento diecisiete metros cuadrados (117,00 Mtrs2); Nivel Planta Baja con un área de construcción de aproximadamente ciento treinta metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados (130,70 Mtrs2); y Nivel Planta Alta con un área de construcción de aproximadamente ciento veintiocho metros cuadrados con ochenta y tres decímetros cuadrados (128,83 Mtrs2). Que en la presente declaró el solicitante haber construido sobre un lote de terreno distinguido con la letra y número A-37, ubicado en el lugar denominado “El Hoyo del Muerto y El Limón”, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que le pertenece al solicitante según consta de documento debidamente Protocolizado por la antes denominada Oficina Subalterna de Registro del Distrito Los Salias del estado Miranda, en fecha quince (15) de marzo del año mil novecientos noventa y nueve (1999), quedando inscrito bajo el Nº 28, Protocolo 1°, Tomo 11, 1ER Trimestre; y de Documento de Aclaratoria inscrito ante el Registro Público del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda en fecha cinco (5) de enero del año dos mil once (2011), quedando anotado bajo el Nº 5, Tomo 1, Folio 37, Protocolo de transcripción; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de QUINIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (592,20 Mts2) y se encuentra aforada por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0006908.

Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ







Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO







Expediente Nº: S-2012-157
LCH / MMI / jge