REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy martes diez (10) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral referente a la apelación interpuesta por el ciudadano Adelso Polanco inscrito en el INPREABOGADO numero 89.100, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano Marcano Rafael titular de la cedula de identidad numero 1.997.226 contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques de Fecha 18 de noviembre de 2011, la cual cursa en el expediente numero 1812-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del abogado Adelso Polanco inscrito en el INPREABOGADO numero 117.441, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y apelante igualmente se encuentra presente el ciudadano abogado Díaz Escobar Carmelo Enrique inscrito en el INPREABOGADO numero 58.762.en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada- Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano Adolfo Hamdan Gonzalez, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente se le concedió la palabra al apoderado judicial de la parte apelante, quien expuso sus alegatos y fundamentos en relación a la apelación que dando reproducido en el material audiovisual. En este estado tiene la palabra la representación judicial de la parte demandada quedando reproducido en el material audiovisual.- Concluida la exposición de la representación judicial de las partes, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el ciudadano Juez retorna a la Sala de Audiencia y pasa a dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa prescripción propuesta por el ciudadano MORENO MORA FILL AUGUSTO. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por el abogado ADELSO POLANCO inscrito en el INPREABOGADO numero 117.441, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano MARCANO RAFAEL titular de la cedula de identidad numero 1.997.226 contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques de Fecha 18 de noviembre de 2011.- TERCERO: CON LUGAR la demanda por Prestaciones Sociales y otros derechos interpuesta contra la Asociación Civil Unión Conductores Palo Alto. CUARTO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques de Fecha 18 de noviembre de 2011 en cuanto a la declaratoria sin lugar de la demanda contra la Asociación Civil Unión Conductores Palo Alto .- QUINTO: Hay condenatoria en costas con relación al ciudadano MORENO MORA FILL augusto con respecto a la audiencia de apelación. SEXTO: Se condena en costa a la Asociación Civil Unión Conductores Palo Alto solo por la Primera Instancia. SEPTIMO: Se condena a la demandada Asociación Civil Unión Conductores Palo Alto a cancelar los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad articulo 108, participación en las utilidades articulo 174, vacaciones y bono vacacional artículo 219 y siguientes intereses de prestaciones de conformidad con lo establecido en la ley orgánica del trabajo, cuyos momento serán calculados por este Tribunal.….”- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos que prevé la ley . Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques diez (10) de enero del año dos mil doce (2012), años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.- Siendo las 10:40 a.m.




ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR












ISBELMART CEDRE TORRES
SECRETARIA









EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE Y APELANTE


EXP. 1812-11
AHG/ICT







APODERDO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA