REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy miércoles dieciocho (18) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia oral referente a la apelación interpuesta por el ciudadano abogado CARLOS EDUARDO MARTINEZ BLANCO inscrito en el INPREABOGADO numero 70.903, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano FEDERICO GAVIDIA OMAR JOSE titular de la cedula de identidad numero 10.283.203 contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques de Fecha 18 de noviembre de 2011, la cual cursa en el expediente numero 1813-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del abogado CARLOS EDUARDO MARTINEZ BLANCO Y JOSE GREGORIO BRAVO inscrito en el INPREABOGADO numero 70.903 y 25.379 respectivamente en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y apelante y el ciudadano RUBEN CARRILLO ROMERO inscrito en el INPREABOGADO numero 38.842 en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada.- Se deja constancia que la representación judicial de amabas partes ejercieron el derecho a replica quedando reproducido en el material audiovisual. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-- Seguidamente el ciudadano Juez procedió a dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa, realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación formulada por el ciudadano CARLOS EDUARDO MARTINEZ BLANCO inscrito en el INPREABOGADO numero 70.903, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano FEDERICO GAVIDIA OMAR JOSE titular de la cedula de identidad numero 10.283.203 contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques de Fecha 18 de noviembre de 2011.- SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OMAR JOSE FEDERICO GAVIDIA contra la sociedad mercantil DISTRIBUCIONES DIPROCHER C.A. TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques de Fecha 18 de noviembre de 2011.- CUARTO: SE CONDENA a cancelar a la parte demandada los conceptos demandados los cuales son: Prestación de antigüedad articulo 108 y sus interese , participación en las utilidades y su fracción articulo 174, vacaciones bono vacacional y su fracción articulo 219 y siguientes, días de descanso y feriados no cancelados, indemnización del articulo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo , se condena igualmente al pago de los interese de mora, desde la fecha de terminación de la relación laboral hasta que el fallo quede definitivamente firme conforme lo establecido en el articulo 92 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y por ultimo se condena al pago de la corrección monetaria , desde la notificación de la demanda hasta su materialización. QUINTO: SE CONDENA en costas en costas a la parte demandada tanto por el fallo dictado en la Primera Instancia como por la Segunda Instancia por resultar totalmente vencida….”- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques dieciocho (18) de enero del año dos mil once (2012), años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.- Siendo las 11:25 m.





ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR




ISBELMART CEDRE TORRES
SECRETARIA





LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE Y APELANTE


EXP. 1813-11
AHG/ICT






El APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA