REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS

Guarenas, 13 de enero 2012
Años 201° y 152°


Vista la diligencia de fecha 10 de enero de 2012, cursante al folio (66) del expediente, suscrita por el ciudadano WILSON DAVID BLANCO PIÑANGO, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la abogada MEYELA ROSAS, inscrita en el IPSA bajo el N° 100.514, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO.

Este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los términos acordados, en contra de TRANSPORTE LACTEOS SANTA TERESA, C.A. por considerarlo ajustado a derecho y así se pasa en autoridad de cosa juzgada. Así se establece.

Todo ello en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano WILSON DAVID BLANCO PIÑANGO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 22.042.550 contra TRANSPORTE LACTEOS SANTA TERESA, C.A. protocolizada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 10 de noviembre de 1993, anotado bajo el Nº 37, Tomo 53-A-Pro, en el expediente signado con el Nº 4455-11.

No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.

Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.

Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominada Región Miranda.



PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, a los trece (13) días del mes de enero del año dos mil doce (2012) años: 201° y 152°.
LA JUEZ


Dra. CARMEN VIOLETA CEDRÉ TORRES.-



LA SECRETARIA



Nota: en esta misma fecha siendo las 09:00 a.m. se publico y se registro la anterior sentencia previa las formalidades de ley.


LA SECRETARIA

Expediente N° 4455-11
CVCT/SC/wr