REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, 26 de Enero de 2012
201º y 152º

Comparecieron por ante este Juzgado, los ciudadanos YELITZA JOSEFINA MARVAL DE FULDA y ANTHONNY JOSÉ FULDA MARVAL, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.762.941 y V-17.919.108, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MIRIAN AGUILERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 106.640, mediante la cual solicitan sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus JOSÉ RAMÓN FULDA SUMABILA, quien falleció Ab-intestato, en fecha 14 de Noviembre de 2008, sin perjuicio de terceros de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.-
I
En fecha 29 de Julio de 2011, se admitió la anterior solicitud y se libró Cartel de Notificación a los herederos desconocidos del De Cujus ciudadano JOSÉ RAMÓN FULDA SUMABILA y se instó a los solicitantes a consignar el mismo a fin de pronunciarse sobre la solicitud.-
En fecha 09 de Agosto de 2011, la Secretaria de este Tribunal Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON, dejó constancia que la ciudadana MIRIAN JOSEFINA AGUILERA, retiro Cartel de Notificación.-
En fecha 08 de Diciembre de 2011, compareció ante este Tribunal, el ciudadano ANTHONNY JOSÉ FULDA MARVAL, debidamente asistido por la abogada MIRIAN AGUILERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 106.640, quien consignó dos (2) carteles de notificación publicados en los Diarios La Voz y el Universal, de fechas 07 y 08 de diciembre de 2011, respectivamente.-
En fecha 24 de Enero de 2012, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse VEROSCA JOSEFINA RAMIREZ YNFANTE, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.475.922, en calidad de testigo.-
En fecha 24 de Enero de 2012, compareció un ciudadano que dijo ser y llamarse JESUS MARIA HERNANDEZ MALDONADO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.147.611, en calidad de testigo.-
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que los solicitantes acompañaron los siguientes instrumentos:
1) Copias Simples de cédulas de identidad de los solicitantes y del de Cujus en Un (01) folio útil.-
2) Copia Certificada del Acta de Defunción Nro. 489, Folio 239, suscrita por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Zamora, Abg. FELIPE PRIETO. En este documento se hace constar entre otros hechos, que según declaración del ciudadano ANTHONNY JOSÉ FULDA MARVAL, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.919.108, que el día 14 de Noviembre de 2008, falleció JOSÉ RAMÓN FULDA SUMABILA, en la Calle 9 de Diciembre, casa Nro. 11-2, Sector El Plan, Guatire, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.684.913.- El anterior instrumento merece fe pública por cuanto no ha sido objeto de tacha de falsedad es por lo que el Tribunal les concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
3) Copia Certificada de Partida de Nacimiento Nro. 442, de fecha 10 de Marzo de 1988, correspondiente al ciudadano ANTHONNY JOSÉ, expedida por el Registrador Civil del Municipio Plaza, Dr. JUAN CARLOS PEREIRA GONZÁLEZ.-
4) Copia Certificada de Partida de Matrimonio Nro. 139, de fecha 16 de Mayo de 1986, correspondiente a los ciudadanos JOSÉ RAMÓN FULDA SUMABILA y YELITZA JOSEFINA MARVAL SEQUERA, expedida por la ciudadana LAURA ROWINA SOLIS Secretaria del Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.-
Mediante los anteriores documentos los solicitantes demuestran, entre otras cosas, el fallecimiento del ciudadano: JOSÉ RAMÓN FULDA SUMABILA, así como el Vínculo de Filiación que existe entre los ciudadanos: YELITZA JOSEFINA MARVAL DE FULDA y ANTHONNY JOSÉ FULDA MARVAL, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.762.941 y V-17.919.108, esposa e hijo del causante.-
Los solicitantes propusieron se evacuaran las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicados.-
En fecha 24 de Enero de 2012, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse VEROSCA JOSEFINA RAMIREZ YNFANTE, de 25 años de edad, de nacionalidad Venezolana, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Encargada de una Juguetería, con domicilio en: Urbanización El Marques, Conjunto Residencial Garzas y Gavilanes, Edificio 4, piso 4, Apartamento 4-4-D, Guatire, Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, Titular de la Cédula de Identidad N° V-17.475.922, en calidad de testigo, quien AL PRIMER particular CONTESTO: “Si los conozco de vista, trato y comunicación, desde hacen seis (06) años.”.- AL SEGUNDO particular CONTESTO: “Si me consta”.- AL TERCER particular CONTESTO: “Si me consta”.- En este estado el Tribunal pasa a interrogar a la testigo de la siguiente manera. Dé la testigo razones fundadas de todo lo dicho anteriormente, CONTESTO: “Doy razones fundada de lo aquí declarado, por que somos amigos”.- Seguidamente, compareció una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse: JESUS MARIA HERNÁNDEZ MALDONADO, de 46 años de edad, de nacionalidad Venezolana, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Chofer, con domicilio en: Avenida Intercomunal Guatire-Araira, sector Quemaíto, vereda 1, casa Nº 10, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.147.611, en calidad de testigo, quien AL PRIMER particular CONTESTO: “Si los conozco de vista, trato y comunicación, desde hace diez (10) años.”.- AL SEGUNDO particular CONTESTO: “Si me consta”.- AL TERCER particular CONTESTO: “Si se y me consta”.- En este estado el Tribunal pasa a interrogar al testigo de la siguiente manera. Dé el testigo razones fundadas de todo lo dicho anteriormente, CONTESTO: “Doy razones fundada de lo aquí declarado, por los años de amistad que tenemos”.- En tal sentido, el Tribunal les otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil.-
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a los ciudadanos: YELITZA JOSEFINA MARVAL DE FULDA y ANTHONNY JOSÉ FULDA MARVAL, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.762.941 y V-17.919.108, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus JOSÉ RAMÓN FULDA SUMABILA, antes identificado. ASÍ SE DECIDE.-
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ RAMÓN FULDA SUMABILA, quien era en vida venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.684.913 y quien falleció Ab-intestato en fecha 14 de Noviembre de 2008; a los ciudadanos YELITZA JOSEFINA MARVAL DE FULDA y ANTHONNY JOSÉ FULDA MARVAL, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.762.941 y V-17.919.108, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a las partes interesadas, dejando copia previa certificación en actas por secretaría.-Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,

Abg. ANA MARIA BONAGURO BLANCO
LA SECRETARIA,

Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON

AMBB/MGR/Neil.-
EXP: 236-11.-

En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.-

Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON, Secretaria del Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud Nro. 236-11, de TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos YELITZA JOSEFINA MARVAL DE FULDA y ANTHONNY JOSÉ FULDA MARVAL. De conformidad con la Ley. En Guatire, a los 26 días del mes de Enero de Dos Mil Doce (2012). Años 201° y 152°.-
LA SECRETARIA,

Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON


MGR/Neil.-
SOL: 236-11.-