REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Charallave, 23 de Enero del 2012
201° y 152°

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano WILMER ELIÉCER LÓPEZ ORTUÑO, venezolano, mayor (es) de edad, de este domicilio y titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Nro. V-11.681.330, debidamente asistida por la Abg. JENNY J. RODRÍGUEZ G, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°76.338, mediante la cual solicita a este Despacho, que declare las presentes actuaciones como Título Supletorio. Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, que riela a los folios del 02 al 05, así como la declaración testimonial de los ciudadanos: SILVEIRA RIVAS RUBÉN DARÍO y CORREA MABEL HAISELL, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.095.837 y V-13.952.131, respectivamente, venezolanos, y mayores de edad, actas levantadas en este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de la Resolución N°: 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano, WILMER ELIÉCER LÓPEZ ORTUÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.681.330, sobre un terreno ubicado en la Carretera Nacional Charallave-Las Brisas, en la zona 5, parte alta, frente a la Fabrica de camas, Casa S/N, Parroquia Las Brisas, Charallave, Jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie aproximadamente de CIEN METROS CON TREINTA SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (100,36 Mts2). Dicha parcela se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas. NORTE: Con terrenos baldíos, SUR: Con pasillo común de un (1) metro con las bienhechurías que son o fueron de la Sra. MABEL CORREA, ESTE: Con bienhechurías que son o fueron de las Sras. ERIKA PADILLA y YELLIN PADILLA y OESTE: Con bienhechurías que son o fueron de la Sra. MELVA AULAR.- Dichas bienhechurías tienen un costo total invertido de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs.F.90.000,°°). Devuélvase original con sus resultas al solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
DRA. JOANNY CARREÑO

LA JUEZ PROVISORIO

EL SECRETARIO ACC,

FERNANDO OROZCO



JC/FO/Israel.-
Solicitud N° 482-2011