REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE
En el día de hoy, miércoles, veintinueve (29) de febrero de 2012, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por el ciudadano JUAN FRANCISCO PERALTA DÍAZ titular de la Cédula de Identidad N°8.689.4421 contra la Sociedad Mercantil MOINVE, C.A. Y MINERA LOMAS DE NIQUEL, C.A. en virtud de la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte codemandada, sociedad Mercantil MINERA LOMAS DE NIQUEL, C.A. abogada BEATRIZ ROJAS MORENO inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 75.211 contra el auto de fecha 14 de febrero de 2012, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1843-12 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte codemandada apelante, abogado VICTOR RON RANGEL, inscrito en el inpreabogado bajo el N°.127.968. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte codemandada, abogado VICTOR RON RANGEL, cuyos alegatos quedaron en el material audiovisual. Concluida las exposiciones de las partes, el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 76 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el ciudadano Juez Superior procedió, a dictar sentencia de manera inmediata realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte codemandada, sociedad Mercantil MINERA LOMAS DE NIQUEL, C.A. abogada BEATRIZ ROJAS MORENO inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 75.211 contra el auto de fecha 14 de febrero de 2012, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. SEGUNDO: SE ORDENA Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, admitir la prueba de informes requerida por la parte codemandada Sociedad Mercantil MINERA LOMA DE NIQUEL, C.A. a los Registros Mercantiles Segundo del Estado Aragua y Primero del Distrito Capital y Estado Miranda. TERCERO: SE MODIFICA el auto de fecha 14 de febrero de 2012dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, en cuanto a la admisión de la prueba de informes. CUARTO: No hay Condenatoria en costas, por la naturaleza del fallo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, veintinueve (29) día del mes de febrero de 2012. Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
APODERADOJUDICIAL
DE LA PARTE COMANDADA
EXP. 1843-12
AHG/EVZ*