REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 13 de Febrero de dos mil doce (2012).
201º y 152º
Vista la solicitud suscrita por la ciudadana GLADIS EDILIA CARRILLO debidamente asistida por la abogada MIREYA EMPERATRIZ ÁLVAREZ RODRÍGUEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.674, mediante la cual solicita dos (2) juegos de copias certificadas de la Solicitud de Únicos Universales Herederos expedida en fecha 02 de Febrero de 2012, bajo la solicitud signada con el N° 2012-1170 cursante en este Tribunal en la cual se declaró ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LINO JESUS CISNEROS, quien en vida fuera de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-618.747, a los ciudadanos GLADIS EDILIA CARRILLO de CISNEROS, MARLET TIBISAY CISNEROS CARRILLO y ELIZABETH CISNEROS DE PACHECO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.480.688, V-10.275.515 y 6.455.055, respectivamente, en consecuencia, este Tribunal con vista del original de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda expedir las copias certificadas de la mencionada solicitud con inclusión de la presente diligencia y del auto que lo acuerda, así mismo se ordena su devolución constante de 02 folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,
LESBIA MONCADA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA
THA/LM/Máximo
Exp. N° 12-5113