REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN CHARALLAVE
Charallave, 10 de Julio de 2012
Años 202° y 153°
Vista la diligencia realizada en fecha nueve (09) de Julio de 2012, por el ciudadano MEJIAS BATATIN JOSE GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V- 6.400.329, parte demandante en el presente procedimiento, debidamente asistido por el Procurador de Trabajadores de los Valles del Tuy Abogado RICHERT GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.819; mediante el cual libre de coacción y apremio, de manera voluntaria desiste del presente procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS BENEFICIOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL, que interpuso en contra de la sociedad mercantil “CONSTRUCTORA ASFALCEM 1981, C.A.”; en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, HOMOLOGA el desistimiento, todo de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable al presente caso por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y asimismo DA POR TERMINADO el presente procedimiento y se ordena el archivo definitivo del expediente. CÚMPLASE. ARCHÍVESE.
Abg. KELLY SANCHEZ ACEVEDO
LA JUEZ
Abg. ROGER IGOR MOTA ESCALONA
EL SECRETARIO
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el presente auto.
Abg. ROGER IGOR MOTA ESCALONA
EL SECRETARIO
KSA/RM/Jcg
Exp. N° 3.609-12
Pieza N° I