REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE

Charallave, 30 de julio de 2012.
202° y 153°

Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha veintiséis (26) de julio de 2012, por el ciudadano VARGAS LAMMOGLIA ARNALDO ENRIQUE, titular de la cédula de identidad número V- 14.874.502, debidamente asistido por el Procurador de Trabajadores Abogado RICHERT GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 42.819, mediante la cual manifiesta su voluntad de desistir del presente procedimiento incoado en contra la empresa de transporte SESUASA 23 C.A por PRESTACIONES SOCIALES, y en vista que la actuación realizada es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por la parte actora; la cual no es contraria a derecho, al orden publico, ni a las buenas costumbres; en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil y en el Artículo 3, Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA el presente desistimiento y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las partes. En consecuencia se da por TERMINADO el procedimiento y se ordena el archivo definitivo del expediente.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE.





Dra. YSABEL PIÑEYRO VALLENILLA
LA JUEZ


Abg. MERCEDESJOSE PEREZ LANZA
LA SECRETARIA







YPV/MPL/Dr.--
EXP. N° 3657-12.