REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 12 de julio de 2012
202° y 153°
Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el abogado Jon Mikel De Iribar Albert, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.738.169 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.881, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARIA QUITERIA PEREIRA SOARES de FREITAS, ZULAY ALEJANDRA FERNANDES PEREIRA y MARIA ELIZABETH FERNANDES de AVILA, de nacionalidad portuguesa la primera y venezolana las dos últimas, titulares de las Cédulas de Identidad N° E- 81.439.167, 14.583.246 y 15.022.348, respectivamente; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas MARIA QUITERIA PEREIRA SOARES de FREITAS, ZULAY ALEJANDRA FERNANDES PEREIRA y MARIA ELIZABETH FERNANDES de AVILA, antes identificadas; en su carácter de causahabientes del ciudadano CARLOS FERNANDES DE FREITAS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 11.675.893, quien falleció en fecha 29 de marzo de 2012, tal como se desprende de Acta Nº 420, emitida por la Oficina de Registro Civil Medicatura Forense de Bello Monte, Municipio Libertador, Distrito Capital; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2012-108
LCH / MMI / hep