REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 20 de julio de 2012
202° y 153°
Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana FATIMA KATIUSKA SOCORRO BUENO de CASTILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de identidad Nº 3.981.218, quien actúa en su propio nombre y el de sus hijos ciudadanos CARLOS DOMINGO CASTILLO BUENO, JULIO CESAR CASTILLO BUENO y SIMÓN ALBERTO CASTILLO BUENO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad Nros. 15.316.212, 16.922.917 y 21.121.845, respectivamente, asistida por la abogada MIRIAM EDITH ROJAS OSIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.949; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos FATIMA KATIUSKA SOCORRO BUENO de CASTILLO, CARLOS DOMINGO CASTILLO BUENO, JULIO CESAR CASTILLO BUENO y SIMÓN ALBERTO CASTILLO BUENO, antes identificados; en su carácter de causahabientes del ciudadano CARLOS ALBERTO CASTILLO PARRA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.910.487, quien falleció en fecha 11 de abril de 2012, tal como se desprende de Acta Nº 252, emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Chacao del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Asimismo y vista la solicitud de copia certificada este Tribunal lo acuerda por ser procedente y ordena expedir por secretaria copia certificada de la totalidad del expediente. Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
Expediente N°: S-2012-116
LCH / mmi