REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 27 de julio de 2012
202° y 153°
Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos LUSI VIDELA NUÑEZ y LIBER VIDELA NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 23.696.824 y 18.602.954, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Luis Alfonso Flores Sánchez inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.692; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a los ciudadanos LUSI VIDELA NUÑEZ, LIBER VIDELA NUÑEZ y LUCIA SABINA NUÑEZ, venezolanos los dos primeros y de nacionalidad chilena la última de los nombrados, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 23.696.824, 18.602.954 y E- 81.233.063, respectivamente; en su carácter de causahabientes del ciudadano LAUTARO AMADEO VIDELA STEFONI, quien en vida era de nacionalidad chilena, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.233.065, quien falleció en fecha 01 de marzo de 2012, tal como se desprende de Certificado de Defunción emitido por el Servicio de Registro e Identificación de la República de Chile, debidamente Legalizado bajo el N° 004353, en fecha cinco (05) de abril de dos mil doce (2012); todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2012-124
LCH / MMI / hep