REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 19 de Julio de 2012
201° y 153°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana CARMEN XIOMARA MANRIQUE LUGO, titular de la cedula de identidad Nro. V- 6.874.681, asistida por el abogada CARMEN SANTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.253, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones los ciudadanos EDEN RODRIGUEZ MARTINEZ y ANGEL ENRIQUE MENDOZA LANDAETA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 22.784.218 y 5.451.979, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos CARMEN XIOMARA MANRIQUE LUGO, GLADYS JOSEFINA MANRIQUE LUGO y JHONNY ANTONIO MANRIQUE LUGO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.874.681, v-6.872.063 y v-6.872.062 respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano ANTONIO EPIFANIO MANRIQUE CHACON, quien falleció en fecha 31 de Marzo de 2003, en sus carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ




EL SECRETARIO TITULAR

ABG. ARNELL QUIJADA CORASPE


S-N° 2203/2012
JVA/aqc/ad.-