REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Este Juzgado ratifica la Medida Cautelar Sustitutiva de Privativa de Libertad que fuera decretada al acusado ABREU CASTILLO JESÚS ARNALDO, titular de la cédula de identidad número V.- 14.675.184, de conformidad con lo previsto en artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, considera este Juzgado que la representación Fiscal fundamentó su escrito acusatorio en basamentos serios, para ventilar ante un Tribunal de juicio la culpabilidad del acusado, y por cuanto el imputado solicitó el pase de la presente causa a juicio; se ordena la apertura del juicio oral y público de conformidad con lo establecido en el artículo 331. 4 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase en la oportunidad legal, la presente causa a la oficina de Alguacilazgo a fin de que distribuya la presente causa al Tribunal de Juicio que corresponda.

LA JUEZ DEL TRIBUNAL CUARTO CONTROL

DRA. NANCY MARINA BASTIDAS

LA SECRETARIA

ABG LUZ ESTELA MOLINA

Causa N° 4C-8668-11
NMB/LEMS/mg*