REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Higuerote, 21 de junio de 2012
202º y 153º

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la autorización de fecha 7 de mayo de 2012, expedida por el ciudadano EMILIO ANTONIO GONZALEZ MARIN, suficientemente identificado en autos, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil DESARROLLOS CAMPESTRES MESA GRANDE, C.A., también identificada en autos, propietaria del terreno sobre el cual fueron erigidas las bienhechurías y las evacuaciones testimoniales de las ciudadanas: ANA LAURA PIÑEROS VERGARA y ROSA MARIA MACHADO LINARES, ambas de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de estado civil divorciada y soltera, respectivamente, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.203.097 y V-6.671.063, respectivamente, domiciliadas la primera en la calle Las Rosas, sector Mesa Grande, Municipio Brión del estado Miranda, y la segunda en el sector de Maurica IV, tercera calle, frente al Polideportivo Mamporal, Municipio Eulalia Buróz del estado Miranda; este Tribunal sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/3/2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 2/4/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos: EVEMERO ABELARDO BLANDIN SALAZAR y WILLIAM ALBINO BLANDIN SALAZAR, ambos suficientemente identificados en autos, sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno propiedad de la empresa DESARROLLOS CAMPESTRES MESA GRANDE, C.A., tal y como consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Brión del estado Miranda (hoy Registro Público de los Municipios Brión y Buróz del Estado Bolivariano de Miranda), ubicado en la localidad denominada Brisas de Mesa Grande, sector La Rosa, Parroquia Higuerote, Municipio Brión del estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO


WILIEM ASSKOUL SAAB
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES
En esta misma fecha se devuelven originales con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA

GRELIN MIJARES
Sol. Nro. S-2080
WAS/gm/mj