REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO

JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. SANTA LUCIA, 19 de Junio 2012---------------------------------------------------------- ----201° y 152°-------------------------------------------------

Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, interpuesta por los ciudadanos, HENRY LORENZO CRESPO PERNALETE, ZORAIDA VIRGINIA CRESPO DE PIÑA, KLERK ANTHONY CRESPO VEGA y KLARVEY FATIMA CRESPO VEGA, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-5.937.047, V-6.095.214, V-19.373.702, y V-19.373.701 respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la profesional del derecho, abogada: VERNAZA MEJIAS MIRTHA BELEN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.212, y los recaudos acompañados a la misma, désele entrada y anótese en los Libros respectivos bajo el N° 9636-2012.

En el caso de marras los solicitante HENRY LORENZO CRESPO PERNALETE, ZORAIDA VIRGINIA CRESPO DE PIÑA, KLERK ANTHONY CRESPO VEGA Y KLARVEY FATIMA CRESPO VEGA, antes identificados manifiestan que son hijos del de cujus FLORENCIO ANTONIO CRESPO, quien falleció en fecha ocho (8), de abril del año Dos Mil Once (2.011) en la Clinica paso Real ubicada en la carretera Charallave- Ocumare.-Municipio Cristóbal Rojas de Estado Bolivariano de Miranda. Según costa de acta de defunción N°124 folio 124 fecha (8) de abril de (2011), expedida por la primera Autoridad civil del Municipio Cristóbal Rojas, del Estado Bolivariano de Miranda y para los fines legales que le interesan, solicitan sean interrogados testigos que presentaran en la oportunidad legal correspondiente a los fines de que declaren a tenor de dejar constancia que son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE SU DIFUNTO padre.

Ahora bien, una vez analizados los recaudos presentados, este tribunal observa que el finado FLORENCIO ANTONIO CRESPO, falleció en Charallave Municipio Cristóbal Rojas y su ultimo domicilio estuvo ubicado en Santa Teresa del Tuy, colinas de buena vista, calle vista linda, parcela N° 56-A, Santa Teresa Municipio Independencia, según los datos que constan en el Acta de defunción que riela al folio 09 de la presente solicitud.

Ahora bien, por cuanto se observa que el precitado causante FLORENCIO ANTONIO CRESPO, su último domicilio se encuentra ubicado en la Ciudad de Santa Teresa del Tuy, y según lo establecido en el artículo 993 del Código de Civil, este Tribunal SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud de TITULO ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDEROS, y ASI EXPRESAMENTE SE DECLARA.

En consecuencia, devuélvase original las presentes actuaciones a la parte solicitante. Cúmplase.

EL JUEZ,


Dr. GILBERTO JOSÉ MARTINEZ ALFONZO.

LA SECRETARIA,

Abg. YENISVER HERRERA.

Solicitud N| 9636/12