En horas de despacho del día de hoy, martes 20 de Junio de 2012, siendo las ocho y treinta minutos de la mañana (8.30 a.m.), día y hora prefijado para la prosecución de la práctica de la medida de entrega forzosa, cuyas especificaciones aparecen en el encabezado del acta levantada en el día de ayer 18.06.2012, se deja constancia que para el acto del día de hoy se encuentran presentes; el representante judicial de la sociedad mercantil Administradora e Inversora Faesa 33 S.R.L. (parte actora-ejecutante), abogado PETER SANCHEZ SINISGALLI, ya antes identificado; la ciudadana abogada SILVIA ESPERANZA GARCIA PIÑANGO, previamente identificada, así como los ciudadanos SIEM SUK CRISEIDA y SIEM SZE WAH, también antes identificados, y los empleados de la sociedad mercantil MAXIOFERTAS LOS SALIAS, C.A. (parte demandada-ejecutada); y, los auxiliares de justicia, ciudadanos PEDRO ARGENIS RIVAS y VINCENZO CIONE, previamente identificados, así como del apoyo policial requerido para el día de hoy. En este estado se ordena continuar con el retiro de los bienes muebles (mercancía y enseres) que se encuentran dentro del inmueble objeto de la medida para concluir con ésta. En este estado, la apoderada judicial de la parte ejecutada ciudadana SILVIA ESPERANZA GARCIA PIÑANGO, solicito ser oída por el Tribunal y una vez autorizara expuso: “Solicito al Tribunal me sean expedidas tres (3) juegos de copias certificadas de toda la comisión, incluyendo la presente acta y el auto que las provee. Es todo”. En este estado el Tribunal visto lo peticionado por la apoderada judicial de la parte ejecutada proveerá por auto separado. Acto continuo y concluido el retiro de los bienes, el apoderado judicial de la parte actora abogado PETER SANCHEZ SINISGALLI, ya tantas veces identificado, pidió ser oído por el Tribunal, y luego de ser autorizado, expone: “Recibo conforme en este acto un inmueble constituido por un (1) local comercial de aproximadamente de un mil metros cuadrados (1.000 mts2), ubicado en el edificio industrial Faesa I, piso tres (3), situado en la Avenida Principal de las Minas, sector Industrial Las Minas, en Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, libre de bienes y personas así como las llaves y candados del mismo; asimismo, dejo expresa constancia que en el interior del inmueble al cual se me hace entrega, se observan algunos escombros y desperdicios, sin valor real alguno; igualmente solicito al Tribunal se remitan las presentes actuaciones al Tribunal de origen. Es todo.” Se deja constancia que se fijó el Cartel de Notificación en la puerta que da acceso al Local comercial que fuere objeto de la medida. Igualmente se deja constancia que estuvieron presentes en la medida para el día de hoy los funcionarios Oficial JUAN PÉREZ y el Oficial NIEVES JUAN, Credenciales 1222 y 4802, respectivamente, adscritos a la División de Orden Público de la Policía del Estado Miranda, quienes velaron por la custodia y protección de las personas presentes en la medida y por el cabal cumplimiento del orden público durante la ejecución de la misma. En este estado y siendo las 6:00 p.m, este Tribunal declara cumplida su misión y ordena el regreso a su sede. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
MARIO ESPOSITO C. EL APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA
LOS NOTIFICADOS
APODERADO JUDICIAL
PARTE DEMANDADA
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES
EL SECRETARIO AD HOC.
JONATHAN H. CALDERÓN H.
COMISIÓN Nº 2600-12
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