REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 12 de junio de 2012
202° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por los ciudadanos SEVERIANO OLIVARES y CARMEN CECILIA CHACON de OLIVARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.585.989 y V-4.113.232, respectivamente, asistidos por la abogada ELISABETH PINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.668, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos JOSÉ ALEJANDRO PEÑA y NEIDA SENAIDA ESCALANTE COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.084.098 y V-18.032.726, respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos SEVERIANO OLIVARES y CARMEN CECILIA CHACON de OLIVARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.585.989 y V-4.113.232, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano NELSON ANTONIO OLIVARES CHACON, quien falleció en fecha 24 de junio de 2011, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO TITULAR
ABG. ARNELL CORASPE QUIJADA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO TITULAR
ABG. ARNELL QUIJADA CORASPE
S.- N° 2111/2012
JVA/aq/jn.-