JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADOBOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES
Los Teques, Veintiocho (28) de Junio de 2012
202° y 153°
Vista el acta levantada en fecha Lunes 18 de Junio de 2012, con motivo de la celebración de la Audiencia Preliminar celebrada en la presente demanda, mediante la cual ambas partes celebraron acuerdo transaccional, procediendo la parte demandada a cancelar la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (12.000,00 Bs), en Cheque de Gerencia N° 09462443, girado contra el Banco Caroní, a nombre del ciudadano ROLANDO REQUENA, parte atora, y en virtud que el mencionado acuerdo fue homologado por este Juzgado, y se dio por terminado el presente proceso, y vencido como se encuentra el lapso para ejercer recurso ordinario contra el acuerdo celebrado, en consecuencia, este Tribunal ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial. ARCHÍVESE.
JASMINE MORELLA GARCIA
LA JUEZ
CAROLINA MEZA INFANTE
LA SECRETARIA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
EXP. Nº 3320-12
JMG/mycl*
DIARIZADO
FECHA: 28-06-12
N° 02
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