REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS

Guarenas, 13 de junio de 2012
Años 202° y 153°

Vista la diligencia de fecha 08-06-2012, cursante a los folios 15 y 16 del expediente, suscrito por la abogada ISMALY TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.9480, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó: “…consigno desistimiento elaborado de puño y letra de la ciudadana ketty Tovar, C.I.17.774.588, constante de un (1) folio útil la cual se explica por si solo. Así mismo solicito el cierre y archivo del presente expediente…”.

Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, por considerarlo ajustado a derecho y así se pasa con autoridad de cosa juzgada y da por terminado el presente procedimiento. Y una vez cumplidos los lapsos de ley, se ordenará el cierre y archivo del presente expediente. ASI SE ESTABLECE.-

Todo ello en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES incoara la ciudadana KETTY TOVAR, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.774.588, contra el ciudadano LEONARDO MOLINA CRUZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.017.463.

No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.

Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.

Se ordena la publicación de la presente decisión en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, en el site denominado Región Miranda. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.

Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, a los trece (13) días del mes de junio de dos mil doce (2012).
Años 202° y 153°
LA JUEZ



Dra. NORKYS SOLORZANO Q.-



LA SECRETARIA



Expediente Nº 4474-11
NSQ/CG/wr