REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 202° y 153°
ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2012-0000018
PARTE ACTORA: PABLO EMILIO OROZCO MORENO, identificado con la cédula Nro.V-10.168.997
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: ESTACION DE SERVICIO LA YEE C.A.
ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ORLANDO GABRIEL GONZALEZ BARRIOS, JAVIER ANTONIO ROSARIO GOMEZ Y LUIS EDUARDO MENDOZA PEREZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros.73.883, 48.905 y 44.275
MOTIVO: Indemnización Enfermedad Ocupacional
En el día hábil de hoy, 28 de junio de 2012, a las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, el Tribunal apertura la misma con la única presencia de la parte demandada, representada por el apoderado judicial abogado JAVIER ANTONIO ROSARIO GOMEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro.48.905. Se deja constancia que no se hizo presente la parte actora por sí ni por medio de apoderado judicial, razón por la cual este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Táchira, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
Parte Demandada,
El Secretario,
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