REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRION Y BUROZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BURÓZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Higuerote, 13 de marzo de 2012
201º y 153º
Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente la autorización, de fecha 26 de diciembre de 2011, expedida por el Síndico Procurador del Municipio Brión y las evacuaciones testimoniales de las ciudadanas: MARÍA VERÓNICA BALHARRY BASCUÑAN y GABRIELA YERUSKA HERNÁNDEZ RAMOS, de nacionalidad la primera extranjera y la segunda venezolana, mayores de edad, de estado civil la primera divorciada y la segunda soltera, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-81.336.533 y V-19.228.184, respectivamente, domiciliadas ambas en la urbanización Campomar, avenida El Parque, parcela N° 8, manzana N° 6 y primera calle, casa N° 18, respectivamente, parroquia Tacarigua, Municipio Brión del estado Miranda; este Tribunal sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/3/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 2/4/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana NUBIA CASTRO DE HIDALGO, suficientemente identificada en autos, sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, ubicado en la calle El Manantial, sector Maturín, parroquia Tacarigua, Municipio Brión del estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO
WILIEM ASSKOUL SAAB
LA SECRETARIA
GRELIN MIJARES
En esta misma fecha se devuelven originales con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA
GRELIN MIJARES
Sol. N° S-1990
WAS/gm/lr.-