REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Charallave, 21 de Marzo del 2012
201° y 153°

EXPEDIENTE 1777-2012

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

SOLICITANTE: RODRÍGUEZ DE MADERA, CARMEN SIMONA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-3.477.066.


Mediante escrito presentado por ante este Tribunal en fecha 26 de enero del 2012, por la ciudadana CARMEN SIMONA RODRÍGUEZ DE MADERA, titular de la cédula de identidad N° 3.477.006, asistida por la Abg. KETBERT VIOLETA BLANCO SARABIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 156.724, a los fines de solicitar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN, llevada por ante la Oficina del Registro Civil Y Electoral del Municipio Cristóbal Rojas Charallave, del Estado Bolivariano de Miranda, quedando anotada el Acta bajo el No. 388, de los Libros de Registro Civil llevados por esa Prefectura para el año 2011. El error denunciado consiste en que, en el momento en que fue asentada dicha acta de defunción se omitió el segundo nombre de la cónyuge del ciudadano fallecido (Rafael Eduardo Madera). La solicitante en el acta de defunción aparece como Carmen Rodríguez de Madera, el error fue omitir el segundo nombre de dicha ciudadana, es decir, CARMEN SIMONA RODRÍGUEZ DE MADERA quien para los efectos probatorio consigno ante este Tribunal los documentos pertinentes.
A los fines de manifestarse sobre la presente solicitud este Tribunal observa: Que probada como ha sido lo alegado por la ciudadana CARMEN SIMONA RODRÍGUEZ DE MADERA, titular de la cedula de Identidad nro. 3.477.006, y vista la obviedad del error denunciado tal y como se evidencia del acta de matrimonio que corre inserta a los folios 13 y 14, este Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil y Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, ordena a la Oficina de Registro Civil del Municipio Charallave, del Estado Miranda., hacer la debida nota marginal en el ACTA DE DEFUNCIÓN asentada bajo el N° 388, del año 2011, llevado por dicho ente, correspondiente al ciudadano: RAFAEL EDUARDO MADERA, a los fines de que se agregue el segundo nombre de la ciudadana CARMEN SIMONA RODRÍGUEZ MADERA, titular de la cedula de Identidad nro. 3.477.006. Expídase por secretaria copias certificadas de la solicitud y de esta decisión a los interesado y remítase las necesarias a las Autoridades civiles competentes.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave, a los veintiún (21) días del mes de Marzo de Dos Mil Doce (2012). Años 201° y 153°.
LA JUEZ PROVISORIA

ABG. . JOANNY CARREÑO






EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. FERNANDO OROZCO