REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO
EREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Expediente Civil Nº 323/2009
DEMANDATE: ERASMO TOVAR FREISTES, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V1.287.448, con su apoderado judicial Dr. GUSTAVO A. CASTILLO F, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.782
DEMANADADO: MARIA ARCADIA MARTINEZ, JUAN JOSE MIJARES, VICTOR FRANCISCO PAREDES ARTEAGA, ANDRES DIAZ y ANGEL ENRIQUE LIENDO VILLEGAS Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nº V- 5.402.688, V-2.565.713, V1.297.733, 1.741.918 y 1.748.437.-
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA.-
El presente expediente fue recibido en fecha 06 de Agosto de 2009, con motivo de ACCION MERO DECLARATIVA interpuesta por el Dr. Gustavo A. Castillo F. abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.782 apoderado judicial del ciudadano ERASMO TOVAR FREITES, titular de la cedula de identidad Nº 1.287.4458.
Mediante auto de fecha 13-08-2009, este Tribunal niega la solicitud en materia de Jurisdicción voluntaria y demanda de Acción Mero-Declarativa.-
A los folios 20 y 21, cursa diligencia presentada por mediante la cual apelo a la negativa de no admisión de la presente solicitud.
Por auto de fecha 24-09-2009, cursante el folio 23, este Tribunal escucha la apelación a AMBOS EFECTOS interpuesta por la el Dr. Gustavo A. Castillo F. abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.782 apoderado judicial del ciudadano ERASMO TOVAR FREITES, y ordena libra oficio de remisión al Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Miranda.-
Mediante auto de fecha 25 de Mayo del 2010, se recibe nuevamente la presente solicitud mediante oficio 2010-084-10, de fecha 09-03-2010, procedente del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Miranda.-
Por auto de fecha 15 de Noviembre del 2010, este Tribunal admite el presente procedimiento como una solicitud y ordena a que se emplace a los ciudadanos MARIA ARCADIA MARTINEZ, JUAN JOSE MIJARES, VICTOR FRANCISCO PAREDES ARTEAGA, ANDRES DIAZ y ANGEL ENRIQUE LIENDO VILLEGAS, a fin de que comparezca ante este despacho.
Desde el día 15 de Noviembre del 2010 hasta la presente fecha el demandante no ha cumplido con las obligaciones que la Ley impone, lo cual le hace aplicable el artículo 267 Ordinal 3° del Código de Procedimiento civil, norma esta que expresa:
Lo cual lo hace aplicable la Perención de Instancia y siendo la misma pronunciable aun de oficio por el Juez como esta establecido en nuestro ordenamiento jurídico, es procedente declararla y así lo hace en efecto este Tribunal.
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCION Y EXTINGUIDO EL PROCESO DE LA PRESENTE CAUSA y ordena la remisión del mismo al Archivo Judicial con sede en Ocumare del Tuy, para su cuido y archivo.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Juzgado del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los Veintiocho (28) días del mes de Marzo 2012.-AÑOS: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
EL JUEZ,
Dr. GILBERTO JOSE MARTÍNEZ ALFONZO.
LA SECRETARIA
Abg. YENISVER HERRERA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
Lá secretaria
GJMA/YH/Karina*
Expediente Civil Nº 323-2009