REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 19 de marzo del año dos mil doce (2012)
201º y 153º

De una revisión de las presentes actuaciones, este Juzgado observa que en fecha 07 de marzo del año 2012, la Secretaria Titular de este Tribunal, deja constancia que la parte solicitante consignó Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela, N° 4.635 de fecha 28 de septiembre de 1993, en la que aparece publicada la Ley, que autoriza al Ejecutivo Nacional, a proceder a la supresión del Instituto Nacional de Obras Sanitarias, en la que en el literal c, numeral 2 del artículo 05, establece: “...Los Municipios que asuman la prestación de los servicios del Instituto Nacional de Obras Sanitarias al momento de la entrada en vigencia de esta Ley, deberán pasar a ser poseedores de los bienes afectados a dicha prestación…”; y en fecha 15 de marzo del año 2012, la Secretaria Titular de este Tribunal, hace constar que la parte solicitante consigna a los autos que conforman el presente expediente, oficio N° 0160 de fecha 12 de marzo del año 2012, suscrita por el Síndico Procurador Municipal, abogado ELVIS RAMÓN PARRA SÁNCHEZ, en el que deja constancia que los terrenos sobre el cual el aquí solicitante, construyó las bienhechurías de que trata esta solicitud, pertenece al Municipio Guaicaipuro, ubicado en San Pedro de Los Altos, sector El Placer, al lado del Tanque de Hidrocapital, N° 05, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, por lo que conforme a lo expuesto, este Tribunal verificados los documentos consignados, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como de la Resolución N° 2009-0006, fechada 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, en fecha 02 de Abril de 2009, DECLARA dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ALCIDES HUMBERTO RONDON, titular de la cédula de identidad nro. V-3.325.054, sobre unas bienechurias que se encuentran entabladas en terreno perteneciente al Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, ubicado en San Pedro de Los Altos, sector El Placer, al lado del Tanque de Hidrocapital, N° 05, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las actuaciones que conforman el presente expediente, constante de 13 folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,

Abg. LESBIA MONCADA de PICCA.
THA/LMdeP/Deivyd
Exp. N° 20121178