REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 19 de marzo de 2012
201° y 153°


Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por el ciudadano Felipe Castelao Pérez, asistido por el abogado Marco Antonio Núñez Corao, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.414.429, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.043, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: FELIPE CASTELAO PÉREZ y JOSÉ LUIS CASTELAO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 6.843.192 y 10.281.648, en su orden, en su carácter de causahabientes, quienes son hijos del causante, ciudadano FELIPE CASTELAO POMBO, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 2.985.823, y quien falleció en fecha cuatro (4) de enero de dos mil doce (2012), tal como se desprende del Registro Civil de Defunción, Acta Nº 22, Libro 01, Folio 22, Año 2012, emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre, Parroquia Petare, estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ






Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO




Expediente N°: S-2012-046
LCH / MMI / jge