REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 5 de marzo de 2012

201° y 153°




Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos ALEXANDRA JUKISZ PRECHIDNA y CARMELO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, ambos de nacionalidad española, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad NROS E-396.516 y E-664.204, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos ALEXANDRA JUKISZ PRECHIDNA y CARMELO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda multifamiliar, tipo quinta, con un área total de construcción de aproximadamente TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (398,95 Mts2), distribuidos en tres (3) niveles así: PLANTA SÓTANO: compuesta por tres (3) apartamentos (A, B y C), conformados así: Apartamento A: Con un área aproximada de construcción de Setenta y Cinco Metros Cuadrados (75,00 Mts2); Apartamento B: Con un área aproximada de construcción de Sesenta y Siete Metros Cuadrados (67,00 Mts2); y Apartamento C: Con un área aproximada de construcción de Treinta y Cuatro Metros Cuadrados Con Ochenta y Cuatro Centímetros (34,84 Mts2). PLANTA BAJA: Un (1) apartamento con un área aproximada de construcción de Ciento Cuatro Metros Cuadrados con Cuarenta y Un Centímetros (104,41 Mts2). PLANTA ALTA: Un (1) apartamento con un área aproximada de construcción de Ciento Diecisiete Metros Cuadrados con Setenta Centímetros (117,70 Mts). Que en la presente declararon los solicitantes haber construido sobre un lote de terreno distinguido con la letra y número A-10, ubicado en la Calle Mara del Sector El Cují, situada en la carretera que conduce del Cují a San Antonio de Los Altos, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda. Que les pertenece según consta de documento debidamente Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, en fecha dieciocho (18) de abril de mil novecientos setenta y ocho (1978), quedando inscrito bajo el Nº 16, Protocolo 1°, Tomo 17, Folio 47; y de Documento de Aclaratoria Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintisiete (27) de marzo de mil novecientos setenta y nueve (1979), quedando inscrito bajo el Nº 30, Tomo 20, Protocolo Primero; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de UN MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (1.222,93 Mts2), y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0015574.

Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ




Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO



Expediente Nº: S-2012-018
LCH / MMI / jge