REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 19 de marzo de 2012
201° y 152°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana MARÍA MILAGROS CASTILLO de MOLALLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.451.834, debidamente asistida por el abogado EDUARDO JESUS HERRERO ZACARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.737, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos SANTOS ULISES GONZALEZ SILVA y GLORIA JOSEFINA GITIERREZ DE INFANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.458.714 y V-3.638.552, respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta los mismos TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos MARÍA MILAGROS CASTILLO DE MOLALLA, ALEXIS DANIEL MOLALLA CASTILLO, LILIANA MARYOLIS MOLALLA CASTILLO y ANGELICA THAIWUAAIRY MOLALLA DE COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.451.834, V-15.119.432, V- 17.978.514 y V-14.215.493, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano ATILIO SEGUNDO MOLALLA, quien falleció en fecha 07 de diciembre de 2011, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO


ABG. JORGE GOMEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO

ABG. JORGE GOMEZ
S.- N° 1946/2012
JVA/jg/jn.-