REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 22 de Marzo de 2012
201° y 153°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana AURA CRISTINA CORRO de GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº 3.842.360, asistida por la abogada MARIA JOSÉ MARTINS DA SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.159, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones las ciudadanas GLODED DEL VALLE RAMOS y ZONIA MARGARITA BASTARDO ROJAS,, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° 14.498.050 y 6.849.867, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos AURA CRISTINA CORRO de GARCÍA, PEDRO LUIS GARCÍA CORRO, SANTIAGO JOSÉ GARCÍA CORRO, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA CORRO, JUAN JOSÉ GARCÍA CORRO y ASALIA AURIMAR GARCÍA CORRO, respectivamente, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.842.360, 10.284.797, 8.683.576, 11.820.663, 11.043.861 y 19.586.649, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano SANTIAGO GARCÍA GUTIERREZ, quien falleció en fecha 21 de Octubre de 2011, en sus caracteres de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO
ABG. JORGE GOMEZ
S-N° 1950/2012
JVA/jg/mg.-