REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 27 de Marzo de 2012
201º y 153º

Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana ORALCY ONEIDA GONZÁLEZ TORRES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.334.164, se observa que, desde el día 23 de Febrero del año 2012, fecha en la que se le dio entrada en el Libro de Jurisdicción Voluntaria, quedando anotada bajo el Nº 2020/2012, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la solicitante haya consignado los documentos fundamentales para que este Juzgado se pronunciase sobre la admisibilidad, ante este hecho, el Tribunal declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la presente solicitud y ordena el archivo de la misma.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO


ABG. JORGE GOMEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO


ABG. JORGE GOMEZ




S-Nº 2020/2012
JVA/jg/mg.-