REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

201° y 153°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 16/03/2012, suscrito por la parte demandante, ciudadano GUILLERMO CASTRO ZABALA, titular de la cédula de identidad N° V-9.140.684, asistido del abogado JOSE NICOLAS RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.132, por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadanos MIGUEL ANTONIO AMAYA LUNA y ELSY JOSEFINA RAMIREZ DE AMAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 9.246.743 y 10.114.992 en su orden y de este domicilio, asistidos del abogado MARTIN EPIFANIO BUSTAMANTE CONTRERAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 151.684, en la cual deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil; en tal virtud se levanta la medida provisional de embargo, decretada en fecha 12/08/2011, y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 08/03/2012 y ofíciese a la depositaria judicial la Seguridad participándole el levantamiento de dicha medida y por cuanto en la presente causa no hay más actuaciones que practicar archívese el expediente.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce. (21/03/2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.


Abg.M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ



Abg. MARIA ESPERANZA VILLAIZAR DE GALVIS
SECRETARIA TITULAR


En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00 a.m., quedando registrada bajo el N° 82, se libró oficio N° 3180-246 se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. MARIA ESPERANZA VILAMIZAR DEL GALVIS
SECRETARIA TITULAR

Exp. Nº 6.370/2012
Elsa M.